viernes, 28 de diciembre de 2012

NORMATIVA.- LEY 16/2012 DE MEDIDAS FISCALES

El BOE de hoy publica la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, por la que se adoptan diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica. Esta Ley pretende ser el culmen de la política tributaria del Gobierno ante la crisis económica que padece el País. La propia Exposición de Motivos de esta Ley comienza haciendo referencia al conjunto de Reales Decretos-Leyes que han establecido a lo largo de este año importantes medidas de carácter tributario en el contexto de la crisis económica, a las que vendría a complementar o culminar las medidas previstas en este nuevo texto normativo. Sin embargo, en nuestra opinión, esta ley de medidas fiscales no es más que un paso más en la senda del aumento de la presión fiscal, -con la creación de nuevos impuestos y con la subida de los tipos de gravamen efectivos de los existentes (subida de tipos de gravamen, reducciones de beneficios fiscales)-, por la que transita el Gobierno, sin que esté muy claro hacia dónde, pese a los elocuentes títulos que se suelen dar a estas leyes, tales como de "consolidación de las finanzas públicas" o el más atractivo de "impulso de la actividad económica". Difícilmente la subida de impuestos o de la presión fiscal sobre los contribuyentes constituye una medida de impulso a la actividad económica, salvo, claro está, que el propio Estado se convierta en el principal agente económico, con una intervención más intensa en el campo de las inversiones productivas y de la actividad económica general, a través del gasto público, pero no es éste el caso, pues el gasto público, lejos de expandirse en determinados sectores económicos, está en evidente contracción.  La nueva ley de medidas fiscales para 2013 supone, pues, más de lo mismo, respecto a la política fiscal del Gobierno en este año 2012 que está a punto de expirar. Así, como novedad destacable, se elimina en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas la deducción por inversión en vivienda habitual a partir del 1 de enero de 2013, lo que implica que aquellos ciudadanos que adquieran una vivienda habitual a partir de esa fecha no tendrán ya este incentivo en el IRPF. Afortunadamente se establece un régimen transitorio aplicable a los contribuyentes que adquirieron su vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013. Asimismo, como novedad reseñable, se crea un "gravamen especial" del 20 por 100 sobre los premios de los juegos organizados por Loterías y Apuestas del Estado, que hasta ahora, como es sabido, estaban exentos de tributación en el IRPF. En fin, un conjunto de medidas que habrá que ir analizando con calma, pues complementan la política fiscal y económica del Gobierno para el año que está a punto de comenzar.
 
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