viernes, 15 de febrero de 2013

NORMATIVA.- PROTOCOLO ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA CONFEDERACIÓN HELVÉTICA (SUIZA) QUE MODIFICA EL CONVENIO DE DOBLE IMPOSICIÓN INTERNACIONAL

El Boletín Oficial de las Cortes Generales, Congreso de los Diputados, ha publicado hoy el "Protocolo entre el Reino de España y la Confederación Suiza que modifica el Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio firmado en Berna el 26 de abril de 1966, y su Protocolo, modificados por el Protocolo firmado en Madrid el 29 de junio de 2006, hecho en Madrid el 27 de julio de 2011." Se tramita, por tanto, este Protocolo de modificación del Convenio de Doble Imposición con Suiza en las Cortes, estableciéndose un plazo para presentar propuestas, que tendrán la consideración de enmiendas a la totalidad o de enmiendas al articulado por un período de 15 días hábiles, que concluye el próximo 5 de marzo de 2013.
Esta modificación del Convenio de Doble Imposición con Suiza es importantísima en la lucha contra la evasión y el fraude fiscal, dado que se refuerzan las obligaciones de intercambio de información entre las autoridades fiscales de ambos países. Especialmente relevante, a estos efectos, es lo dispuesto en el artículo 9 del Protocolo, que da nueva redacción al artículo 25.bis) del Convenio, en concreto lo que establece el nuevo artículo 25.bis.5), que impide alegar simplemente el secreto bancario para negar la información requerida por el otro Estado contratante, esto es, Suiza no podrá oponer como límite al intercambio de información solicitado por la autoridad fiscal española "que ésta obre en poder de bancos, otras instituciones financieras o de cualquier persona que actúe en calidad representativa o fiduciaria, incluidos los agentes designados, o porque esté relacionada con acciones o participaciones en una persona." Sea bienvenido, pues, el levantamiento del famoso secreto bancario en relación con la información requerida para la justa aplicación del sistema tributario.
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